Ley de Fortalecimiento del Sistema de Bomberos Voluntarios: "Es un acto de Justicia"

Así se refirió el bombero voluntario de El Peligro, Juan Cruz D'Eramo, en diálogo con este medio. "Es una ley por la que los Bomberos de todo el país luchamos mucho", sostuvo. El Gobierno nacional promulgó este miércoles la ley que otorga beneficios a las asociaciones de bomberos voluntarios, en la que se establecen exenciones al pago de los servicios públicos y el reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además de prestaciones en caso de accidentes. La norma había sido sancionada el pasado 2 de junio, en coincidencia con el Día del Bombero Voluntario, una iniciativa presentada por el diputado justicialista Eduardo "Bali" Bucca (Consenso Federal) con el objetivo a hacer más eficiente el uso de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las asociaciones de bomberos. "Personalmente, creo que es un acto de Justicia. Es una ley por la que los Bomberos de todo el país luchamos mucho", expresó el bombero del cuartel de El Peligro, Juan Cruz D'Eramo. "Garantizar que los Bomberos cuenten con los servicios básicos para poder funcionar, sin miedo a no poder pagar las facturas de luz, gas o teléfono, es un acto de justicia social. Fue indignante ver durante la pandemia como cuarteles sufrían el corte del gas en pleno invierno o de sus líneas telefónicas por no poder afrontar su gasto", manifestó. En el caso particular de la cobertura para caso de accidentes, "creo que un derecho postergado. Que el Bombero Voluntario se accidente en servicio, y no pueda percibir durante su recuperación una ayuda económica para poder llevar el pan a su casa, era algo inentendible. Muchas veces los cuarteles debían recurrir a generar rifas o eventos solidarios para poder ayudar a sus compañeros, cuando producto de un accidente en servicio no podían ir a trabajar. Por suerte esta ley trae, en algún punto, mayor seguridad al Bombero y a su grupo familiar", sostuvo. Lo mismo sucede con el reintegro del IVA: "Era ilógico que Bomberos deba pagar el impuesto al valor agregado en la compra de equipos o insumos críticos, como si fuese una empresa o un particular. Confiamos en que con la nueva ley podremos fortalecer la capacidad operativa de los cuarteles, aprovechando al máximo cada compra de equipamiento, el cual en definitiva es adquirido por y para la comunidad a la cual Bomberos protege", expresó D'Eramo. Entre los beneficios que otorga la ley se destaca que las "entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales". Esa tarifario especial también incluye la "telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional". Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios. Por otro lado, el texto establece que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: "venta sujeto ley 25.054". Otro punto que incorpora es que prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.
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