La Cámara del Crimen define si queda en libertad o detienen al acusado del abuso en Balvanera

La Sala I de la Cámara del Crimen este jueves resolverá si el dueño de un local comercial ubicado en el barrio de Balvanera, a quien se lo acusa de abuso sexual contra una joven venezolana, permanecerá en libertad o quedará detenido por el delito de "abuso sexual agravado con acceso carnal". La Sala I de la Cámara del Crimen resolverá este jueves si el comerciante acusado de haber abusado a una joven venezolana de 18 años en un local del barrio porteño de Balvanera permanecerá en libertad o quedará detenido por el delito de "abuso sexual agravado con acceso carnal", informaron fuentes judiciales. Según dijeron los voceros, el fiscal de cámara Ricardo Sáenz mantendrá el criterio de las fiscales Silvana Russi y Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), quienes habían apelado la excarcelación otorgada por la jueza Karina Zucconi para el imputado, Irineo Humberto Garzón Martínez (35). Además, aclararon que no hay un horario dispuesto para que los camaristas den a conocer la resolución, la cual será informada a las partes por cédula ya que para la diligencia no se llevará a cabo ninguna audiencia oral de tipo presencial ni virtual. Garzón Martínez fue procesado por la jueza Zucconi por "abuso sexual agravado con acceso carnal", pero mantuvo la libertad del imputado porque, según su criterio, no existían razones que permitieran presumir de manera fundada que va a intentar eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación. La magistrada también consideró que el hecho de que no tuviera antecedentes penales y se hubiera identificado de manera correcta conformaba un escenario propicio para mantener su libertad, fijándole algunas reglas de conducta. Este es el fallo que fue apelado por las fiscales Russi y Labozzetta, y que ahora deberán revisar los camaristas para ver si el acusado continúa en libertad o si ordenan su detención. En ese sentido, las funcionarias señalaron que el delito de abuso sexual con acceso carnal tiene un máximo de pena que supera los ocho años de prisión y que el mínimo previsto impide que la condena pueda quedar en suspenso. En tanto, esgrimieron que el imputado premeditó el ataque sexual, ya que tenía en el comercio el sedante con el cual la joven, al ingerirlo, quedó en estado de indefensión, al tiempo que destacó la solidez de las pruebas reunidas hasta el momento. En cuanto al peligro de fuga del acusado, se basaron en la actitud del hombre cuando llegó la Policía al comercio y que además mintió al aportar su domicilio, ya que dio una dirección que su propia hermana desmintió. Sobre la restricción de la libertad del hombre, la apelación concluyó que "no luce desproporcionada si se tiene en cuenta la gravedad del hecho que se le imputa, su modalidad de ejecución, su pena en expectativa y el estado de la investigación".  
Fuente: Télam.
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